jueves, 28 marzo, 2024

Chubut solo hisopará a los grupos de riesgo y personas hospitalizadas

Las nuevas disposiciones fueron consensuadas con el Ministerio de Salud de la Nación y las demás provincias del país, en el marco del Consejo Federal de la Salud (COFESA), del que participó el titular de la cartera sanitaria chubutense, Fabián Puratich.

El Gobierno del Chubut, a través del Ministerio de Salud, informó este martes por la tarde, a través de una circular de la Dirección Provincial de Patologías Prevalentes y Epidemiología, que se actualizaron los criterios de vigilancia, diagnóstico y aislamiento para casos de Covid-19, en función del actual contexto epidemiológico, en el cual se observa un aumento de los casos registrados en la provincia durante la última semana, que supera los picos históricos de toda la pandemia.

Pruebas diagnósticas

En primer lugar, se indica el uso de pruebas diagnósticas (test de antígenos o PCR) para los casos sospechosos de Covid-19 en las siguientes situaciones: todos los casos con indicación de hospitalización por síntomas respiratorios, y los casos sospechosos de Covid-19 que pertenecen a grupos de riesgo de agravamiento de la enfermedad.
Dichos grupos de riesgo son las personas de 60 años o más con vacunación incompleta; personas con diabetes tipo 1 y tipo 2; personas con obesidad (cualquier grado); personas en tratamiento oncológico actual para tumores sólidos y oncohematológicos; inmunocomprometidos por medicación inmunosupresora, inmunodeficiencias primarias y secundarias, moderadas y graves; personas con VIH; y personas con insuficiencia renal crónica en hemodiálisis.
A su vez, se precisó que los casos sospechosos de Covid-19 que no pertenezcan a los grupos anteriormente citados, se confirmarán por criterio clínico-epidemiológico sin la necesidad de un método diagnóstico.
Además, estas personas podrán autoreportarse en la aplicación CUIDAR, impactando esa información en el Servicio Nacional de Vigilancia de la Salud (SNVS).

Días de aislamiento

De acuerdo a la actualización de los criterios, los contactos estrechos asintomáticos tendrán que cumplir 7 días de aislamiento si no tienen esquema de vacunación completa; y no harán aislamiento si cuentan con esquema de vacunación completa o tienen antecedente de infección por Covid-19 en los últimos 90 días (sin importar su antecedente de vacunación).
Asimismo, los casos confirmados (por test diagnóstico o por criterio clínico epidemiológico) tendrán que cumplir 7 días de aislamiento, más 3 de cuidados, si tienen esquema de vacunación completa; y 10 días de aislamiento, si no tienen esquema de vacunación completa.
En este sentido, la circular aclara que se considera esquema de vacunación completa cuando hayan transcurrido menos de 5 meses del esquema primario completo (2 o 3 dosis según corresponda), o la persona tenga dosis de refuerzo.
Con respecto a los días de aislamiento, se precisa además que en el caso de contactos estrechos no vacunados, los 7 días se cuentan desde que la persona estuvo con el caso confirmado, mientras que si convive con el positivo debe cumplir los mismos días de aislamiento que el caso positivo.
A su vez, se explica que en los casos confirmados los días de aislamiento se cuentan desde la fecha de inicio de síntomas, y que en los asintomáticos detectados por algún método se contabilizan desde el día de la prueba.
Por último, el documento detalla que la expresión días de cuidado se refiere al uso adecuado de barbijo, a no concurrir a eventos masivos o sociales, y a extremar los cuidados ante el contacto con personas de riesgo.

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