viernes, 29 marzo, 2024

Restringen circulación hasta las 19 horas en seis Departamentos de Chubut

Los Departamentos Escalante, Sarmiento, Río Senguer, Futaleufú, Cushamen y Languiñeo, se encuentran en alto riesgo epidemiológico, y solo se podrá circular de 06:00 a 19:00 horas.

Así se desprende del nuevo DNU 355/21 del Ejecutivo Provincial, que entraría en vigencia a partir de las 00:00 horas del 23 de mayo y hasta el 30 de mayo inclusive, para los distritos en cuestión.

Restricciones

Quienes residen en esos Departamentos, solo podrán desplazarse para aprovisionarse de productos esenciales. Se prohíben las reuniones familiares.
Quedan suspendidas, actividades culturales, deportivas, religiosas, educativas, turísticas, recreativas y sociales.
De acuerdo a lo establecido en el Decreto 355/21, los comercios habilitados estarán abiertos hasta las 19 horas, es decir aquellos que provén alimentos, farmacias, veterinarias, ferreterías y otros vinculados a higiene personal y limpieza. En el caso de los servicios gastronómicos, podrán seguir trabajando en el horario de 19 a 00 horas, solo con servicio a domicilio.
Se confirma la suspensión de la presencialidad en las escuelas durante el periodo comprendido por el Decreto 355/21.
También se suspende la actividad presencial en la Administración Pública Provincial, entes autárquicos y organismos descentralizados, salvo aquellos convocados para garantizar actividades necesarias e imprescindibles requeridas por las autoridades superiores. Los no convocados deberán prestar servicios con la modalidad de trabajo remoto.
Las medidas adoptadas para los Departamentos en cuestión, se enmarcan en las previsiones del DNU 287/21 del Poder Ejecutivo Nacional, que contempla mayor restricción en la circulación para aquellas ciudades consideradas de alto riesgo epidemiológico o situación de alarma epidemiológica.

Otros distritos

En tanto no sean calificadas como de alto riesgo por las autoridades de Salud, en las demás ciudades de Chubut, se extiende hasta el 14 de junio, la vigencia del DNU 308/21 del Poder Ejecutivo Provincial. Es decir que se mantiene la circulación urbana e interurbana de lunes a jueves, entre las 06:00 horas y las 00:30 horas del día siguiente y de viernes a domingo, entre las 06:00 horas y la 01:30 horas del día siguiente.
En todos los casos quedan exceptuados del cumplimiento de las limitaciones horarias el personal afectado a actividad esencial, a los fines de las tareas que desarrollan.

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