viernes, 29 marzo, 2024

Una jueza lo dio en adopción antes de su nacimiento.

Ocurrió en Paso de los Libres, Corrientes, donde una joven de 17 años quedó embarazada como resultado de la violación de su padrastro. Si bien la ley establece que se debe esperar 45 días tras el nacimiento del bebé para darlo en adopción (por si la madre se arrepiente), la jueza evaluó pedir la inconstitucionalidad del plazo.

“Se trata de una medida urgente tendiente a evitar los riesgos que acarrearía la permanencia del niño (esos 45 días) junto a su madre, contra su voluntad, sumido al peligro de un posible abandono o entrega ilícita a terceros”, alegó Marta Legarreta, a cargo del juzgado de familia donde se presentó la chica embarazada.

En marzo, la menor de edad llegó con su tía al juzgado y declaró: “Yo pedí para venir, yo le dije todo a mi tía, porque yo estaba reharta de mi padrastro, que me abusa desde que yo tenía 13 años”. La adolescente tiene una hija de 3 años producto de anteriores violaciones y confesó que el hombre amenazaba con pegarle si le contaba lo que pasaba a su mamá.
Dijo que otra vez estaba embarazada y no quería “tener de nuevo otro bebé a la fuerza, producto de una violación”. Es por esto que solicitó un aborto, asegurando que comprendía lo que significaba pasar por esa situación.

Tras una evaluación psicológica para constatar su capacidad de discernimiento que resultó ser normal, fue enviada al Hospital San José donde verificaron que el tiempo de gestación era de 23 semanas y dos días. Esto impedía la interrupción pretendida según el fallo de la Corte Suprema.
Ante la ausencia de los padres, la jueza hizo intervenir a una asesora de menores para que autorizara el procedimiento, además de decretar la prohibición de acercamiento del padrastro a 200 metros. La asesora ordenó al Hospital San José que realizara el aborto, a pesar de que formalmente no era necesario.
Sin embargo, en julio y cuando ya había cumplido la mayoría de edad, la embarazada se presentó ante la jueza y manifestó que quería continuar con su embarazo. En el escrito reportó: “Habiendo sido informada de las posibles consecuencias y/o riesgos de llevar a cabo un legrado en este período gestacional (23 semanas), ha cambiado de opinión y libremente ha decidido continuar con su embarazo para luego darlo en adopción”.

Pocos días antes del nacimiento del bebé, la chica declaró ante la jueza y la asesora de menores que su decisión era no ver al bebé al momento del nacimiento ni tener que amamantarlo: “Quiero que la familia adoptante esté ahí para evitar que el bebé no quede conmigo”.

La jueza indicó que debía “conciliar el derecho de la joven madre con el de la persona por nacer” enfatizando que se encuentra en un caso de “una persona vulnerable”.
Por eso, si bien la ley determina que el estado de adoptabilidad debe declararse después de los 45 días nacido el bebé, la magistrada opinó que en este caso, siendo el embarazo producto de una violación intrafamiliar y estando firme la decisión de la madre, no es necesario esperar ese plazo.

Fue por eso que se basó en un fallo de la Dra Aída Kremelmajer, donde se señala que en caso de violación “no es necesario” tratar de convencer a la madre de que se quede con el bebé ni que referentes afectivos se hagan cargo de el recién nacido.

Del Registro Único de Aspirantes surgió una familia que vive en la zona para adoptar a la beba que nació el 13 de julio. Cuando cumpla un mes y medio comenzará el proceso de adopción, ya que la ley vigente dice que a los 45 días, la mujer que da en adopción puede arrepentirse. La jueza evaluó pedir la inconstitucionalidad del plazo, pero desistió.

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